REVELACIONES CHÚCARAS

IDEAS SIN CORCHETES NI HOTMELT




RESPONSABILIDAD, LAS HUINCHAS


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Nunca leo la sección Línea Directa del merculo, ese especie de Aló Eli escrito por el decano. Sin embargo el viernes, por esas casualidades de los días viernes, caí ahí y quedé boquiabierto.

La sección, que normalmente orienta a los lectores acerca de temas de consumo de productos y servicios, dedicaba el día a las responsabilidades de las concesionarias por daños a terceros ocurridos durante la explotación de las carreteras por parte de dichas empresas.

El merculo concluye olímpicamente que "las concesionarias sólo responden de los incidentes ocurridos por alguna falta a los contratos suscritos con la autoridad". Siguiendo la línea argumental del decano, si vas a usar una autopista concesionada, es mejor que te hagas de un seguro que cubra cualquier tipo de siniestro que pueda llegar a ocurrir en una autopista, pues las concesionarias no tendrían otro deber que el de subirte la barrera cuando pagues el peaje o cobrarte puntualmente el tag mes a mes.

Nada más alejado de la realidad y una sospechosa forma de "orientar" a los lectores mercuriales. Es la propia Ley de Concesiones (art.35), el Reglamento de Concesiones (art.62n°2) y normalmente todas las Bases de Licitación Pública a las que postulan las concesionarias, las que incluyen entre sus normas el que "el concesionario responderá de los daños, de cualquier naturaleza, que con motivo de la ejecución de la obra o de la explotación de la misma se ocasionaren a terceros, a menos que sean exclusivamente imputables a medidas impuestas por el MOP, después de haber sido adjudicado el contrato".

El texto de la norma no requiere siquiera interpretación, es clarísimo, pero a las concesionarias no les conviene, claro que no.

Es simplemente absurdo que una empresa a la que se le encarga la construcción de un bien de uso público y por el cual va a cobrar a veces por 30 años, pueda desentenderse de la responsabilidad por lo que construye y explota a su beneficio. Si se hará cargo de las ganancias, resulta lógico que también se haga cargo de los eventuales perjuicios, y así lo ha entendido la Ley, consagrando lo que en derecho se conoce como Responsabilidad Objetiva.

Resulta insólito que elmerculo asuma la vocería de las empresas para entregar información absolutamente tendenciosa y tergiversada, acerca de las responsabilidades de las concesionarias, sobre todo en estos tiempos en que los accidentes en carreteras se han multiplicado y la Justicia comienza a darle la razón a los usuarios, responsabilizando a las empresas a indeminzar los daños. - foto_nicolassantamaria

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