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¿LIBERTAD DE CONCIENCIA?


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Ungido por la subjetividad que me da este blog, a mi parecer, la batahola que se ha desatado con el tema de la píldora del día después y las farmacéuticas se puede reducir a dos puntos. Uno es la legítima duda que existe para algunos de que la pildorita sea abortiva, tema que estoy lejos de poder zanjar porque, al parecer, no hay literatura que logre espantar los fantasmas. Sin embargo, aun aceptando que no es posible probar que no sea abortiva, tenemos otro problema: las conciencias de las farmacias (porque sepan uds., ahora las farmacias tienen conciencia, igual que las prefecturas y los estadios).

Bromas de lado, los dueños de las farmacias intentan revertir varias multas por no vender el medicamento, escudándose en una objeción de conciencia frente a una pastilla cuyos eventuales efectos abortivos les merecen dudas. Quienes se oponen a la distribución de la píldora no han tardado en apoyar la postura farmacéutica invocando la libertad económica, de comercio, de emprendimiento y obviamente, la de conciencia. En un país libre -como el nuestro- a nadie se le puede obligar a comprar o a vender alguna cosa, ha dicho un juez de la republica. Cierto, pero acá se omite un tema no menor.

Las farmacias hacen su negocio, pero por sobre todo, ofrecen un servicio público, el que debe ser asegurado aun en contra de la voluntad de emprendedores del ramo. La salud es un derecho fundamental y el acceso igualitario a ella es un principio reconocido por cuanto decálogo exista. Acá en Chile no se usa mucho que sea el Estado quien asuma funciones empresariales en orden a asegurar el acceso a los medicamentos y por lo mismo, son las farmacias las que desde el mundo privado han asumido el compromiso público de ofrecer y garantizar dicho servicio, dando acceso a los medicamentos sin discriminación entre personas. Es más, la autoridad, sabiendo que el tema está en manos privadas ha ordenado a través de una norma que aquellas empresas que deseen entrar en el rubro farmacéutico deben asegurar el acceso a los fármacos incluidos en el recetario nacional. Estando la píldora del día después en dicho elenco, las farmacias deben por mandato legal (art.100 Código Sanitario) abastecer a la población del medicamento.

Reconocer una supuesta objeción de conciencia de los dueños de farmacias para excusarse de cumplir la ley, supone dos consecuencias graves. Una es que se produciría una discriminación absolutamente arbitraria, ya que con qué mérito deberían existir conciencias mejor protegidas por nuestra legislación. Garantizar el respeto de una conciencia -en este caso- implica negar la protección de la conciencia de quien decide acceder a dicho fármaco de manera libre. Y en segundo lugar, legalizar la objeción de conciencia no sería más que la piedra fundacional para que un día nos levantemos de nuestras camas y un Comandante en Jefe pueda, a pito de su objeción de conciencia, no admitir homosexuales en su servicio porque afectan la disciplina. O que los postulantes de la Corporación de Asistencia Judicial, en honor a sus conciencias, decidieran no patrocinar a personas con quienes no comulgan en valores y principios que deben ventilarse ante los tribunales. O que los dueños de las micros, aduciendo el respeto a sus conciencias, resolvieran no dejar subir a los estudiantes a sus vehículos porque representan un peligro para la integridad de sus máquinas.

Por muy privados y moralinos que sean, las farmacias existen porque como sociedad requerimos de un servicio que asegure el igualitario acceso a la salud. Antes de las conciencias de unos señores circunspectos, está el derecho de la sociedad a que no se les niegue un servicio público que ha sido confiado a los privados, y puedan en conciencia, decidir si compran y toman la píldora. He dicho.

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